Derecho de familia
Régimen de visitas (relación directa y regular)
Un calendario concreto, obligatorio y exigible para que el padre, madre o familiar no conviviente mantenga un vínculo estable con el niño, niña o adolescente.
Para quién es
Personas que no conviven con su hijo y necesitan establecer un régimen de visitas claro y legal; quienes tienen el cuidado personal y desean regular las visitas del otro progenitor; y abuelos u otros familiares cercanos que buscan mantener un vínculo significativo.
El problema
Tras una separación muchas veces no existe un acuerdo claro sobre cuándo, cómo y bajo qué condiciones se realizarán las visitas. Eso genera incumplimientos de horarios, negativas a entregar o permitir el contacto, reclamos cruzados o largos períodos sin contacto significativo.
Si no actúas
La ausencia de reglas claras convierte cada encuentro en una discusión, interfiere con la rutina escolar y personal, y deteriora el vínculo afectivo. Sin resolución judicial, ninguna de las partes cuenta con respaldo legal para exigir o hacer cumplir el contacto.
Cómo te ayudamos
Elaboramos una solicitud o demanda de relación directa y regular ante el Juzgado de Familia, proponiendo un calendario concreto: fines de semana, vacaciones, festivos, llamadas y videollamadas.
Buscamos soluciones adaptadas a la edad, rutina y necesidades del niño o niña. Promovemos acuerdos en mediación y, si no se logra, representamos el caso ante el tribunal.
Una vez obtenida la resolución, el régimen es obligatorio y exigible: quien no convive puede ejercer su derecho de contacto y quien tiene el cuidado debe facilitar ese vínculo, salvo motivos fundados para restringirlo.
Dudas frecuentes
Preguntas sobre régimen de visitas (relación directa y regular)
¿Pueden los abuelos pedir un régimen de visitas?
Sí. La ley reconoce el derecho del niño a mantener una relación con otros parientes significativos, y los abuelos pueden solicitar que se regule ese contacto.
¿Qué pasa si el otro progenitor incumple el régimen?
El régimen fijado por resolución judicial es exigible: puede solicitarse su cumplimiento y, en casos de incumplimiento reiterado, aplicarse apremios.
¿Las videollamadas cuentan como relación directa y regular?
Sí. El régimen puede incluir contacto telefónico y por videollamada, especialmente cuando existe distancia geográfica entre los progenitores.
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Modificación de relación directa y regular
Ajustar un régimen ya fijado cuando las condiciones cambiaron: edad del niño, horarios escolares, distancia geográfica o disponibilidad de cada progenitor.
Cuidado personal (custodia de hijos)
Definir judicialmente quién ejerce el cuidado personal de un niño, niña o adolescente y bajo qué condiciones, con el interés superior del menor como eje.
Defendemos tus derechos
¿Tu caso es de régimen de visitas (relación directa y regular)?
Escríbenos y lo revisamos. La primera conversación es para entender qué pasó y decirte con honestidad qué se puede hacer.
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