Denuncia por violencia intrafamiliar rechazada al no acreditarse maltrato ni abandono
La sentencia rechazó la denuncia al concluir que los antecedentes acreditaban una situación de conflicto familiar y desgaste asociado al rol de cuidadora, pero no conductas constitutivas de violencia intrafamiliar en los términos de la Ley N° 20.066.
Análisis del caso
Representamos a la denunciada en un procedimiento de violencia intrafamiliar iniciado por uno de sus hermanos, quien sostenía que nuestra representada habría ejercido maltrato y abandono respecto de su madre.
Durante el juicio se acreditó que nuestra representada había participado activamente en el cuidado de su madre por años, manteniendo preocupación por su estado de salud incluso después de dejar de ejercer el rol principal de cuidadora. La prueba pericial concluyó que existía una situación de sobrecarga emocional, pero no un patrón de maltrato o abandono intencional.
La sentencia estableció que no se acreditaron acciones u omisiones constitutivas de violencia intrafamiliar ni una situación de abandono, destacando que el conflicto se desarrollaba en un contexto de profundas desavenencias familiares respecto del cuidado y administración de los recursos de la adulta mayor.
El fallo reafirma que la existencia de conflictos familiares, diferencias respecto de los cuidados de una persona mayor o situaciones de agotamiento del cuidador no permiten, por sí solas, configurar violencia intrafamiliar: es indispensable acreditar los actos de maltrato y el daño exigidos por la ley.
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