Denuncia de violencia de género acogida con medidas de protección por dos años
Denuncia de violencia de género en la que representamos a la víctima denunciante. La sentencia acogió la acción y reconoció la existencia de conductas constitutivas de violencia de género ejercidas por el denunciado.
Análisis del caso
El fallo constituye un pronunciamiento relevante dentro del primer año de aplicación de la Ley N° 21.675 sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, al incorporar una mirada integral sobre la violencia de género y su carácter estructural.
La denunciante relató un ciclo de violencia física y psicológica ejercido por su expareja, incluso después de decretada una orden de alejamiento. Durante el juicio se incorporaron videos, audios, capturas de mensajes de WhatsApp y fotografías de los daños provocados en el domicilio, junto a informes psicológicos que daban cuenta del daño emocional y del riesgo de reiteración.
La cuestión principal fue determinar si la Ley N° 21.675 podía aplicarse a hechos iniciados antes de su vigencia formal, cuando la violencia se mantenía activa al momento de denunciar. La jueza resolvió afirmativamente, conforme al principio de aplicación inmediata de la ley más favorable en materia de derechos humanos.
El tribunal decretó medidas de protección por dos años en favor de la denunciante.
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